lunes, 2 de julio de 2012

El Bloque de Constitucionalidad y el derecho laboral

La Corte Constitucional ha dicho que el bloque de constitucionalidad está integrado por todas aquellas normas y principios, que no hacen parte del articulado de la Constitución Política (no están escritos allí), pero que tienen la misma fuerza normativa de la Constitución, por que así, ella misma lo ordena. Hacen parte del Bloque de Constitucionalidad los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.

Los tratados sobre derechos del trabajador, ratificados por Colombia y celebrados con la OIT, hacen parte del Bloque de Constitucionalidad, porque el trabajo es un derecho humano. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la Corte Constitucional es la única facultada para decir qué norma conforma o no conforma el Bloque de Constitucionalidad, por lo que su aplicación en la práctica ha sido muy limitada, y especializada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.